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V0265-18 7 février 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · mínimo por descendientes

Application du minimum par descendant et de la déduction pour handicap en cas de cohabitation

Un contribuable divorcé s'interroge sur la possibilité d'appliquer le minimum pour descendants et la déduction pour handicap concernant sa fille de 22 ans en situation de handicap, pour laquelle il n'exerce plus la garde et la tutelle mais avec laquelle il cohabite. La DGT répond qu'en raison de l'extinction de la garde et de la tutelle par la majorité, la cohabitation permet d'appliquer ces deux avantages.

La question posée

Cuestión planteada Si puede aplicar el mínimo por descendientes, y la deducción por descendiente con discapacidad a cargo, respecto a dicha hija.

La position de la DGT

Si el descendiente convive con el contribuyente, este tiene derecho al mínimo por descendientes y al mínimo por discapacidad. Al extinguirse la guarda y custodia por alcanzar la mayoría de edad, el progenitor que conviva con el hijo puede aplicar estos mínimos y no el tratamiento de anualidades por alimentos. Asimismo, quien tenga derecho al mínimo por descendientes con discapacidad podrá aplicar la deducción en la cuota diferencial prevista en el artículo 81 bis de la LIRPF. La convivencia debe ser acreditada por el contribuyente mediante medios de prueba admitidos.

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