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V0208-19 31 janvier 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · depósito distinto del aduanero

Le retrait d'un navire du régime de dépôt distinct de l'aduanero peut constituer une opération assimilée à une importation

La question porte sur le fait de savoir si le retrait par l'armateur d'un navire construit sous le régime de dépôt distinct de l'aduanero (DDA) constitue une opération assimilée à une importation. La DGT répond que la clôture du régime DDA par l'armateur génère ledit fait générateur, sauf en cas de livraisons exonérées conformément à l'article 22 de la loi relative à la TVA.

La question posée

Cuestión planteada 1. En relación con la primera de las alternativas y con el depósito distinto del aduanero (en adelante, DDA), confirmación de si el armador para el que se construye el buque podrá desvincular el mismo del DDA y si dicha desvinculación dará lugar a una operación asimilada a una importación en la que el armador tendrá la condición de sujeto pasivo del impuesto.

La position de la DGT

La ultimación del régimen de DDA por parte del armador constituye una operación asimilada a la importación conforme al artículo 19.5º de la Ley 37/1992. No obstante, esta operación no tendrá lugar si el armador destina el buque a realizar entregas de bienes exentas según el artículo 22 de la misma ley. En el caso de que el buque se construya bajo el régimen de perfeccionamiento activo (RPA), la ultimación determinará tanto una importación como una operación asimilada a la importación, salvo que se apliquen las exenciones del artículo 22.

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