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V0207-18 30 janvier 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · régimen suspensivo

La transmission de produits en entrepôt fiscal n'entra pas dans le champ des accises et est exonérée de TVA

Une entreprise a sollicité un avis sur la fiscalité des produits pétroliers stockés dans un entrepôt fiscal. La DGT précise que la propriété des biens sous régime suspensif ne génère pas l'exigibilité des accises et que les livraisons de ces biens sont exonérées de TVA tant qu'elles restent liées à l'entrepôt.

La question posée

Cuestión planteada Tributación de las operaciones descritas en el escrito de la consulta en la Ley de Impuestos Especiales y en la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

La transmisión de propiedad de productos en un depósito fiscal no produce consecuencias en el régimen suspensivo de los impuestos especiales. El devengo de estos impuestos solo ocurre cuando los bienes salen del depósito para su consumo o autoconsumo, siendo el titular del depósito quien debe repercutir la cuota. Respecto al IVA, las entregas de bienes vinculados a un régimen de depósito distinto del aduanero están exentas mientras permanezcan en dicho régimen. Al abandonar el régimen, la operación se considera asimilada a una importación.

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