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V0175-15 20 janvier 2015 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · servicios prestados por vía electrónica

La vente d'applications numériques en ligne peut être assujettie à la TVA et imposer la présentation du modèle 349

Une personne physique s'interroge sur ses obligations en matière de TVA lors de la vente d'applications via une plateforme numérique. La DGT détermine qu'elle agit en tant qu'entrepreneur et doit appliquer la TVA selon la localisation du client, ainsi que présenter la déclaration récapitulative des opérations intracommunautaires.

La question posée

Cuestión planteada Obligaciones en materia del Impuesto sobre el Valor Añadido y, en particular para la declaración del modelo 349 en la medida que no dispone los datos de titular de la plataforma.

La position de la DGT

La venta de aplicaciones digitales se considera prestación de servicios por vía electrónica. Estas prestaciones están sujetas al IVA cuando el destinatario es un empresario o profesional con sede en el territorio de aplicación, o cuando el destinatario es un consumidor final en la Unión Europea. Si la plataforma de venta no está establecida en España, la consultante será sujeto pasivo de las operaciones de alojamiento y comisión, debiendo presentar el modelo 349 por las adquisiciones intracomunitarias de servicios.

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