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V0047-24 14 février 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · renting

Déduction des frais de leasing : usage exclusivement professionnel requis

Un architecte technique s'interroge sur la déductibilité des frais liés à un véhicule acquis en leasing. La DGT précise que, pour être déductibles, les charges doivent être liées exclusivement à l'activité économique, sauf exceptions très spécifiques qui ne s'appliquent pas en l'espèce.

La question posée

Cuestión planteada Si podría deducirse algún gasto por la adquisición y los gastos derivados del vehículo adquirido en renting.

La position de la DGT

La deducibilidad de los gastos y amortizaciones de un vehículo turismo requiere su afectación exclusiva a la actividad económica. No se permite la afectación parcial si el vehículo se usa también para necesidades privadas, salvo en casos muy concretos como transporte de mercancías o agentes comerciales. Si el contrato es de renting, la deducibilidad de las cuotas dependerá de si cumple los requisitos del artículo 106 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades o de la correlación con los ingresos de la actividad. La existencia de otro vehículo para uso particular no acredita la utilización exclusiva del vehículo profesional.

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