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BOE-A-2026-9133 ·27 avril 2026 ·acuerdo Impact faible
Administratif

Las salas del artículo 61 de la LOPJ quedan conformadas por la presidenta, los presidentes de sala y los magistrados más antiguo y más moderno de c…

Se define la composición de la Sala del artículo 61 de la LOPJ: está formada por la presidenta del Tribunal Supremo, los presidentes de sala y los magistrados más antiguo y más moderno de cada sala (art. 1). Esta modificación establece el criterio de selección de magistrados para el funcionamiento de la sala, reforzando la representación por antigüedad y modernidad en cada sala.

Qui est concerné

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Comment cela affecte les parties prenantes

Los magistrados y funcionarios del Poder Judicial deben ajustar su participación en procesos de revisión según la nueva composición. Las administraciones y jueces que presentan recursos de revisión deben tener en cuenta la nueva estructura de la sala. Los asesores de derecho procesal deben actualizar sus procedimientos y guías para reflejar la nueva composición jurídica.

Chronologie

2026-04-27pubPublication au BOE
2026-04-27vigorEntrée en vigueur (disposicion final)
Texte officiel Basé sur les données du BOE (boe.es). Information, pas conseil juridique.

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Cette analyse est fournie à titre informatif et ne constitue pas un conseil juridique ni une relation client-conseiller. BM Consulting.
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