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BOE-A-2026-8570 ·18 avril 2026 ·Resolución Impact faible
Social

Autoescuelas: 1 de enero de 2024 a 31 de diciembre de 2026 con el XXIV Convenio Colectivo Nacional aplicable

El XXIV Convenio Colectivo Nacional de Autoescuelas entra en vigor el 1 de enero de 2024 y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2026, conforme al artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Este periodo es prorrogable. La norma regula condiciones laborales en autoescuelas, sustituyendo al anterior convenio publicado en marzo de 2022.

Qui est concerné

S'applique à ce profil

  • Empresas dedicadas a la formación de conductores
  • Con independencia del tamaño

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

S'applique à ce profil

  • Autónomos que operen autoescuelas o tengan personal de formación

S'applique à ce profil

  • Empresas con actividad en formación de conductores

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Comment cela affecte les parties prenantes

Las autoescuelas deben ajustar sus condiciones laborales a las nuevas normas del XXIV Convenio Colectivo, especialmente en materia de jornada, salario y derechos de los trabajadores. Los trabajadores en autoescuelas obtienen mayor protección laboral y claridad en sus condiciones. Los asesores y representantes sindicales deben actualizar sus informes y acuerdos. Las administraciones regionales deben verificar la aplicación del convenio en sus registros.

Chronologie

2026-04-18pubPublication au BOE
2024-01-01vigorEntrée en vigueur (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
Texte officiel Basé sur les données du BOE (boe.es). Information, pas conseil juridique.

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Cette analyse est fournie à titre informatif et ne constitue pas un conseil juridique ni une relation client-conseiller. BM Consulting.
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