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TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA

Estatal · Todo el Estado · Denunciado Denunciado: sigue aplicándose mientras se negocia el siguiente.

Identificación

Código de convenio
99012735011900
Ámbito
Estatal
Territorio
Todo el Estado
Autoridad laboral
Estatal
Sector
Logística y transporte
Estado
Denunciado
Vigencia
1 ene 2012 a 31 dic 2018
Primer registro
29 mar 2012
Último trámite
17 jul 2026

Texto oficial · BOE

Historial registral

Trámite Publicado Vigencia Texto
ACUERDO PARCIAL 17 jul 2026 1 ene 2012 – 31 dic 2018 BOE
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 28 sept 2018 1 ene 2012 – 31 dic 2018 sin enlace
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL 25 abr 2013 1 ene 2012 – 31 dic 2018 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 29 mar 2012 1 ene 2012 – 31 dic 2018 sin enlace

Frente al Estatuto de los Trabajadores

Un convenio mejora los mínimos del Estatuto, nunca los empeora (arts. 3.1.c y 85.1 ET). Esto es lo que se puede contrastar con lo que publica el registro.

Jornada anual No consta en el registro art. 34.1 ET
Mínimo del Estatuto
2080 h/año (40 h/semana de promedio)
Este convenio
no consta

El registro no publica la jornada anual de este convenio. Está en el texto publicado en el boletín.

Mínimos del Estatuto que este convenio tiene que respetar
Jornada máxima 40 horas semanales de promedio anual (2080 h/año) art. 34.1 ET
Jornada diaria Máximo 9 horas ordinarias al día, salvo distribución irregular pactada art. 34.3 ET
Descanso entre jornadas 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente art. 34.3 ET
Descanso semanal 1.5 días ininterrumpidos a la semana, acumulables por períodos de hasta 14 días art. 37.1 ET
Vacaciones 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero art. 38.1 ET
Horas extraordinarias Máximo 80 al año, sin contar las de fuerza mayor ni las compensadas con descanso art. 35.2 ET
Salario El del convenio aplicable, y en todo caso nunca por debajo del SMI vigente art. 27 ET

Sobre esto no se puede pronunciar este análisis

El registro publica datos registrales. Estas materias están en el texto del convenio y hay que leerlas ahí:

  • Días de vacaciones y su calendario (art. 38 ET)
  • Permisos retribuidos por encima del mínimo (art. 37.3 ET)
  • Complemento de la empresa en incapacidad temporal
  • Antigüedad: trienios, quinquenios y sus topes
  • Preaviso, período de prueba y clasificación profesional
  • Régimen de horas extraordinarias y su compensación (art. 35 ET)

Datos registrales tomados de REGCON (Ministerio de Trabajo y Economía Social). El texto que aplica es el publicado en su boletín oficial. Esta ficha no sustituye a la lectura del convenio.

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