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II CONVENIO COLECTIVO DE OCIO EDUCATIVO Y ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL DE LA COM[..]

Provincial · Madrid · Vigente

Identificación

Código de convenio
28102145012018
Ámbito
Provincial
Territorio
Madrid
Autoridad laboral
Madrid
Sector
Deporte, ocio y cultura
Estado
Vigente
Vigencia
1 oct 2023 a 30 sept 2027
Primer registro
11 jun 2018
Último trámite
30 mar 2024
Última revisión salarial
16 nov 2019

Texto oficial · BOP (www.bocm.es)

Historial registral

Trámite Publicado Vigencia Texto
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 30 mar 2024 1 oct 2023 – 30 sept 2027 BOP (www.bocm.es)
ACUERDO PARCIAL 21 ago 2021 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
ACUERDO PARCIAL 1 ago 2020 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
ACUERDO PARCIAL 4 ene 2020 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL TABLAS 16 nov 2019 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
MODIFICACIÓN 1 nov 2019 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 17 jul 2019 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL TABLAS 6 jun 2019 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
ACUERDOS DE COMISIÓN PARITARIA 23 mar 2019 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO 7 jul 2018 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 11 jun 2018 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 11 jun 2018 1 oct 2017 – 31 dic 2019 sin enlace

Frente al Estatuto de los Trabajadores

Un convenio mejora los mínimos del Estatuto, nunca los empeora (arts. 3.1.c y 85.1 ET). Esto es lo que se puede contrastar con lo que publica el registro.

Jornada anual No consta en el registro art. 34.1 ET
Mínimo del Estatuto
2080 h/año (40 h/semana de promedio)
Este convenio
no consta

El registro no publica la jornada anual de este convenio. Está en el texto publicado en el boletín.

Mínimos del Estatuto que este convenio tiene que respetar
Jornada máxima 40 horas semanales de promedio anual (2080 h/año) art. 34.1 ET
Jornada diaria Máximo 9 horas ordinarias al día, salvo distribución irregular pactada art. 34.3 ET
Descanso entre jornadas 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente art. 34.3 ET
Descanso semanal 1.5 días ininterrumpidos a la semana, acumulables por períodos de hasta 14 días art. 37.1 ET
Vacaciones 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero art. 38.1 ET
Horas extraordinarias Máximo 80 al año, sin contar las de fuerza mayor ni las compensadas con descanso art. 35.2 ET
Salario El del convenio aplicable, y en todo caso nunca por debajo del SMI vigente art. 27 ET

Sobre esto no se puede pronunciar este análisis

El registro publica datos registrales. Estas materias están en el texto del convenio y hay que leerlas ahí:

  • Días de vacaciones y su calendario (art. 38 ET)
  • Permisos retribuidos por encima del mínimo (art. 37.3 ET)
  • Complemento de la empresa en incapacidad temporal
  • Antigüedad: trienios, quinquenios y sus topes
  • Preaviso, período de prueba y clasificación profesional
  • Régimen de horas extraordinarias y su compensación (art. 35 ET)

Datos registrales tomados de REGCON (Ministerio de Trabajo y Economía Social). El texto que aplica es el publicado en su boletín oficial. Esta ficha no sustituye a la lectura del convenio.

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