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COMERCIO DEL MUEBLE CESTERIA Y ARTICULOS DE MIMBRE Y JUNCO

Provincial · Alicante/Alacant · Denunciado Denunciado: sigue aplicándose mientras se negocia el siguiente.

Identificación

Código de convenio
03001045011982
Ámbito
Provincial
Territorio
Alicante/Alacant
Autoridad laboral
Alicante/Alacant
Sector
Consumo y retail
Estado
Denunciado
Vigencia
1 ene 2023 a 31 dic 2023
Primer registro
24 mar 2011
Último trámite
19 nov 2024
Última revisión salarial
22 ago 2017

Texto oficial · BOP (www.dip-alicante.es)

Historial registral

Trámite Publicado Vigencia Texto
ACUERDOS DE COMISIÓN PARITARIA 19 nov 2024 1 ene 2023 – 31 dic 2023 sin enlace
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 1 dic 2023 1 ene 2023 – 31 dic 2023 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 15 jun 2023 1 ene 2023 – 31 dic 2023 sin enlace
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 26 ene 2023 1 ene 2016 – 31 dic 2022 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 28 ago 2017 1 ene 2016 – 31 dic 2022 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 22 ago 2017 1 ene 2016 – 31 dic 2022 sin enlace
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 22 ago 2017 1 ene 2016 – 31 dic 2022 sin enlace
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 15 dic 2015 1 ene 2012 – 31 dic 2015 sin enlace
TABLA SALARIAL TABLAS 15 jul 2013 1 ene 2012 – 31 dic 2015 BOP (www.dip-alicante.es)
TABLA SALARIAL TABLAS 15 jul 2013 1 ene 2012 – 31 dic 2015 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 8 jun 2012 1 ene 2012 – 31 dic 2015 sin enlace
TABLA SALARIAL TABLAS 16 may 2012 31 dic 2011 – ? sin enlace
PRÓRROGA 24 mar 2011 31 dic 2011 – ? sin enlace

Frente al Estatuto de los Trabajadores

Un convenio mejora los mínimos del Estatuto, nunca los empeora (arts. 3.1.c y 85.1 ET). Esto es lo que se puede contrastar con lo que publica el registro.

Jornada anual No consta en el registro art. 34.1 ET
Mínimo del Estatuto
2080 h/año (40 h/semana de promedio)
Este convenio
no consta

El registro no publica la jornada anual de este convenio. Está en el texto publicado en el boletín.

Mínimos del Estatuto que este convenio tiene que respetar
Jornada máxima 40 horas semanales de promedio anual (2080 h/año) art. 34.1 ET
Jornada diaria Máximo 9 horas ordinarias al día, salvo distribución irregular pactada art. 34.3 ET
Descanso entre jornadas 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente art. 34.3 ET
Descanso semanal 1.5 días ininterrumpidos a la semana, acumulables por períodos de hasta 14 días art. 37.1 ET
Vacaciones 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero art. 38.1 ET
Horas extraordinarias Máximo 80 al año, sin contar las de fuerza mayor ni las compensadas con descanso art. 35.2 ET
Salario El del convenio aplicable, y en todo caso nunca por debajo del SMI vigente art. 27 ET

Sobre esto no se puede pronunciar este análisis

El registro publica datos registrales. Estas materias están en el texto del convenio y hay que leerlas ahí:

  • Días de vacaciones y su calendario (art. 38 ET)
  • Permisos retribuidos por encima del mínimo (art. 37.3 ET)
  • Complemento de la empresa en incapacidad temporal
  • Antigüedad: trienios, quinquenios y sus topes
  • Preaviso, período de prueba y clasificación profesional
  • Régimen de horas extraordinarias y su compensación (art. 35 ET)

Datos registrales tomados de REGCON (Ministerio de Trabajo y Economía Social). El texto que aplica es el publicado en su boletín oficial. Esta ficha no sustituye a la lectura del convenio.

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