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CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIA DE MARRIQUINERIA Y SIMILARES

Provincial · Alicante/Alacant · Vigente

Identificación

Código de convenio
03000025011981
Ámbito
Provincial
Territorio
Alicante/Alacant
Autoridad laboral
Alicante/Alacant
Sector
Industria y manufactura
Estado
Vigente
Vigencia
1 ene 2023 a 31 dic 2026
Primer registro
29 jun 2011
Último trámite
12 mar 2026
Última revisión salarial
5 feb 2025

Texto oficial · BOP (www.dip-alicante.es)

Historial registral

Trámite Publicado Vigencia Texto
PRÓRROGA 12 mar 2026 1 ene 2023 – 31 dic 2026 sin enlace
PRÓRROGA 18 nov 2025 1 ene 2023 – 31 dic 2026 sin enlace
CONVENIO COLECTIVO (TEXTO NUEVO) 11 feb 2025 1 ene 2023 – 31 dic 2026 BOP (www.dip-alicante.es)
REVISIÓN SALARIAL AUTOMÁTICA TABLAS 5 feb 2025 1 ene 2023 – 31 dic 2026 sin enlace
DENUNCIA - PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN 11 jul 2023 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 4 abr 2022 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 22 dic 2021 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 17 nov 2020 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 4 jul 2019 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 26 dic 2018 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 19 abr 2017 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 27 may 2016 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 2 nov 2015 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 25 mar 2014 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 21 mar 2013 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 30 abr 2012 31 dic 2022 – ? sin enlace
PRÓRROGA 29 jun 2011 31 dic 2022 – ? sin enlace

Frente al Estatuto de los Trabajadores

Un convenio mejora los mínimos del Estatuto, nunca los empeora (arts. 3.1.c y 85.1 ET). Esto es lo que se puede contrastar con lo que publica el registro.

Jornada anual No consta en el registro art. 34.1 ET
Mínimo del Estatuto
2080 h/año (40 h/semana de promedio)
Este convenio
no consta

El registro no publica la jornada anual de este convenio. Está en el texto publicado en el boletín.

Mínimos del Estatuto que este convenio tiene que respetar
Jornada máxima 40 horas semanales de promedio anual (2080 h/año) art. 34.1 ET
Jornada diaria Máximo 9 horas ordinarias al día, salvo distribución irregular pactada art. 34.3 ET
Descanso entre jornadas 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente art. 34.3 ET
Descanso semanal 1.5 días ininterrumpidos a la semana, acumulables por períodos de hasta 14 días art. 37.1 ET
Vacaciones 30 días naturales al año, no sustituibles por dinero art. 38.1 ET
Horas extraordinarias Máximo 80 al año, sin contar las de fuerza mayor ni las compensadas con descanso art. 35.2 ET
Salario El del convenio aplicable, y en todo caso nunca por debajo del SMI vigente art. 27 ET

Sobre esto no se puede pronunciar este análisis

El registro publica datos registrales. Estas materias están en el texto del convenio y hay que leerlas ahí:

  • Días de vacaciones y su calendario (art. 38 ET)
  • Permisos retribuidos por encima del mínimo (art. 37.3 ET)
  • Complemento de la empresa en incapacidad temporal
  • Antigüedad: trienios, quinquenios y sus topes
  • Preaviso, período de prueba y clasificación profesional
  • Régimen de horas extraordinarias y su compensación (art. 35 ET)

Datos registrales tomados de REGCON (Ministerio de Trabajo y Economía Social). El texto que aplica es el publicado en su boletín oficial. Esta ficha no sustituye a la lectura del convenio.

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