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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre renting

63 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «renting», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 60 consultas · 2015–2026

Criterio vigente

Para la deducibilidad del renting en el Impuesto sobre Sociedades, el vehículo debe estar afecto a la actividad, inscrito contablemente y justificado documentalmente. En el IVA, tras acreditar la afectación, se presume un grado de afectación del 50% para vehículos de turismo, permitiéndose acreditar un porcentaje distinto. El seguro integrado en el contrato forma parte de la base imponible del arrendamiento si el cliente no tiene facultad para negociar sus condiciones.

La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de afectación exclusiva para la deducibilidad de gastos en el Impuesto sobre Sociedades. No obstante, la doctrina ha precisado el tratamiento del IVA, pasando de la exigencia de afectación exclusiva a la aplicación de una presunción de afectación del 50% para vehículos de turismo. También se ha clarificado que el seguro es parte de la prestación única de arrendamiento cuando no hay autonomía del cliente.

Puntos de inflexión

  1. V1045-26

    Introduce la presunción de un grado de afectación del 50% para vehículos de turismo en el IVA una vez acreditada la afectación a la actividad.

  2. V1914-24

    Establece que el seguro forma parte de la base imponible del arrendamiento si el cliente no puede elegir ni negociar las condiciones del mismo.

Análisis basado en 53 de 60 consultas con criterio disponible. Actualizado 22 de septiembre de 2026.

63 consultas

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