Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para aplicar los incentivos de empresa emergente (Ley 28/2022), en grupos de empresas el cumplimiento de los requisitos debe darse en el grupo o en cada una de sus integrantes. La condición de empresa emergente se acredita mediante la inscripción en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas. Asimismo, las entidades de reducida dimensión mantienen este estatus durante tres periodos impositivos tras alcanzar el límite de 10 millones de euros de cifra de negocios.
La secuencia no muestra una evolución doctrinal única, sino que aborda distintos incentivos fiscales de forma heterogénea. Se observa una transición desde la validación de informes del CDTI para I+D+i hacia la regulación de nuevos incentivos como los de la Ley 28/2022 para empresas emergentes y la extensión de plazos para entidades de reducida dimensión.
Puntos de inflexión
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Establece que las entidades que superen los 10 millones de euros de cifra de negocios mantienen los incentivos de reducida dimensión durante los tres periodos impositivos siguientes.
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Precisa que para los incentivos de la Ley 28/2022, en grupos de empresas, el cumplimiento de requisitos debe darse en el grupo o en cada una de sus empresas, acreditándose mediante inscripción registral.
Análisis basado en 30 de 30 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.