Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La deducción por inversión en vivienda habitual se limita al régimen transitorio para adquisiciones realizadas antes del 1 de enero de 2013. Los gastos de cancelación de la hipoteca y los derivados de la financiación se consideran cantidades satisfechas para la adquisición y permiten aplicar la deducción en el periodo en que se abonen.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación del régimen transitorio, restringiendo el derecho a quienes adquirieron la vivienda antes de 2013. No se observan cambios en la interpretación de la fecha límite, pero se confirma la inclusión de gastos de cancelación hipotecaria en la base de la deducción.
Puntos de inflexión
-
Se establece que los gastos de cancelación de la hipoteca y los derivados de la financiación se incluyen en la base de la deducción por inversión en vivienda habitual.
Análisis basado en 57 de 62 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.