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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre adquisición de vivienda

63 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «adquisición de vivienda», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 62 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La deducción por inversión en vivienda habitual se limita al régimen transitorio para adquisiciones realizadas antes del 1 de enero de 2013. Los gastos de cancelación de la hipoteca y los derivados de la financiación se consideran cantidades satisfechas para la adquisición y permiten aplicar la deducción en el periodo en que se abonen.

La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación del régimen transitorio, restringiendo el derecho a quienes adquirieron la vivienda antes de 2013. No se observan cambios en la interpretación de la fecha límite, pero se confirma la inclusión de gastos de cancelación hipotecaria en la base de la deducción.

Puntos de inflexión

  1. V1127-26

    Se establece que los gastos de cancelación de la hipoteca y los derivados de la financiación se incluyen en la base de la deducción por inversión en vivienda habitual.

Análisis basado en 57 de 62 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.

63 consultas

V1683-20 29 may 2020

La deducción por vivienda habitual solo aplica a la parte adquirida antes de 2013

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
deducción por inversión en vivienda habitualrégimen transitorioparte indivisaadquisición de viviendabase de deducción LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 68.1.1ºLIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 68.1.2º
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