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Los residentes que se trasladen a Panamá en octubre seguirán siendo residentes fiscales en España

El cambio de residencia fiscal a un tercer país durante el transcurso de un año natural conlleva implicaciones específicas en la determinación de la residencia fiscal en España y en el tratamiento de las rentas percibidas. La Dirección General de Tributos ha precisado el tratamiento aplicable para aquellos contribuyentes que planean trasladar su domicilio a Panamá en el último trimestre del año.

Qué ha resuelto la DGT

La Administración ha aclarado que, si un contribuyente comunica su cambio de residencia a Panamá en octubre de 2027, seguirá siendo considerado residente fiscal en España durante todo ese año natural. Esto se debe al cumplimiento del criterio de permanencia, al haber estado presente en territorio español más de 183 días durante el ejercicio.

Como consecuencia de esta condición, el contribuyente tendrá la obligación de tributar en España por su renta mundial durante el año 2027. No obstante, la resolución también aborda la aplicación del Convenio entre España y Panamá respecto a las pensiones derivadas de un empleo anterior. Según la normativa aplicable, estas pensiones solo pueden someterse a imposición en el Estado de residencia, que en este caso sería Panamá, siempre que se acredite dicha condición.

Qué significa para ti

Si usted realiza un traslado de residencia en los últimos meses del año, debe tener en cuenta los siguientes puntos:

  • Residencia en el año del traslado: Usted mantendrá su condición de residente fiscal en España por la totalidad del año en que se produzca el movimiento, si supera el umbral de los 183 días.
  • Obligación de declarar renta mundial: Durante ese año de transición, deberá declarar en España todos sus ingresos, independientemente de dónde se hayan generado.
  • Tratamiento de pensiones: Una vez establecida la residencia en Panamá, las pensiones por empleo anterior quedarán exentas de retención en España, siempre que se aporte la documentación que acredite su residencia fiscal en el país panameño.
  • Años posteriores: Si en los ejercicios siguientes no cumple los criterios de residencia en España, pasará a tributar únicamente como no residente.

Qué conviene hacer

Es necesario evaluar el calendario del traslado para comprender el impacto en la declaración de la renta del año en curso. La acreditación de la residencia fiscal en Panamá será un requisito indispensable para evitar retenciones en España sobre las pensiones derivadas de empleos anteriores, conforme a lo establecido en el Convenio de doble imposición.

Preguntas frecuentes

¿Debo tributar en España por mis ingresos mundiales si me mudo a Panamá en octubre?
Sí, si permanece en España más de 183 días durante ese año, mantiene la residencia fiscal y debe declarar su renta mundial.
¿Cómo puedo evitar que me retengan las pensiones en España tras mudarme?
Debe acreditar su condición de residente fiscal en Panamá para aplicar el convenio y evitar la retención de pensiones por empleo anterior.
Consulta vinculante oficial V5340-26
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