Valoración de vehículos en renting: el criterio del 20% del valor de mercado
La valoración de la retribución en especie derivada del uso de vehículos bajo la modalidad de renting ha generado dudas sobre si el importe a tributar debe coincidir con el coste real que la empresa soporta por el contrato. La Dirección General de Tributos ha clarificado el procedimiento aplicable para este supuesto.
Qué ha resuelto la DGT
La consulta aborda si es posible valorar la retribución en especie por el coste real que supone para el pagador el uso de un vehículo en renting. El criterio de la DGT determina que, para vehículos que no son propiedad del pagador, la valoración debe realizarse aplicando el 20% anual del valor de mercado que correspondería al vehículo si fuese nuevo.
Este valor de mercado debe incluir los gastos y tributos, y se determina conforme al valor existente en el momento de la celebración del contrato de renting. Es importante destacar que esta retribución es comprensiva de seguros, impuestos y mantenimiento, pero excluye el gasto por combustible. Asimismo, la normativa permite una reducción de hasta el 30% en la valoración si el vehículo es eficiente energéticamente, cumpliendo con los límites de emisiones y valores establecidos.
Qué significa para ti
Este criterio tiene un impacto directo tanto en la empresa como en el trabajador:
- Para la empresa: Debe aplicar estrictamente la regla del 20% del valor de mercado para los vehículos en renting, sin posibilidad de utilizar el coste real del contrato para la valoración de la retribución en especie.
- Para el trabajador: Si tiene disponibilidad para el uso particular del vehículo, deberá tributar por el 20% del valor de mercado del mismo, independientemente de lo que la empresa pague mensualmente por el renting.
Qué conviene hacer
Es necesario verificar que el cálculo de la retribución en especie en la nómina se ajuste a la normativa del IRPF y al valor de mercado del vehículo en el momento de la firma del contrato. Se debe comprobar si el vehículo cumple con los requisitos de eficiencia energética para aplicar la reducción correspondiente del 30% y asegurar que el coste del combustible se gestione de forma separada para no inflar la valoración.
Preguntas frecuentes
- ¿Se puede usar el coste mensual del renting para calcular la retribución en especie?
- No, la valoración debe basarse en el 20% del valor de mercado del vehículo como nuevo al contratarlo.
- ¿Existe algún beneficio por usar vehículos ecológicos?
- Sí, la valoración puede reducirse hasta un 30% si el vehículo es eficiente energéticamente según los límites de emisiones.