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Determinación del valor de adquisición de acciones en el IRPF

La determinación correcta del valor de adquisición de los elementos patrimoniales es un aspecto crítico al calcular la ganancia o pérdida patrimonial derivada de la transmisión de acciones. Una valoración incorrecta puede derivar en una liquidación errónea del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Qué ha resuelto la DGT

A través de una reciente consulta vinculante, la Dirección General de Tributos ha precisado que el valor de adquisición de las acciones está constituido por el importe real por el que se efectuó la compra, sumado a los gastos e inversiones inherentes a dicha operación. La Administración subraya que este importe real debe ser acreditado por el contribuyente mediante medios de prueba admitidos en derecho. Asimismo, se recuerda que la valoración y validez de dichas pruebas recae sobre los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria.

Qué significa para ti

Para las personas físicas que posean participaciones en sociedades, este criterio implica que no basta con una estimación del coste. El contribuyente debe contar con documentación que respalde el desembolso efectivo realizado en el momento de la compra. Este criterio afecta directamente al cálculo de la base imponible en la declaración de la renta, ya que un valor de adquisición infravalorado incrementará artificialmente la ganancia patrimonial, aumentando la carga impositiva.

  • El valor de adquisición incluye el precio de compra más los gastos inherentes.
  • La carga de la prueba sobre el importe real recae en el contribuyente.
  • La Administración tiene la facultad de valorar la idoneidad de las pruebas aportadas.

Qué conviene hacer

Es fundamental conservar y organizar toda la documentación que certifique la adquisición de las acciones. Esto incluye escrituras, justificantes de transferencia bancaria, contratos de compraventa y cualquier documento que acredite los gastos adicionales vinculados a la operación. Ante la existencia de dudas sobre la documentación disponible o la correcta aplicación de la Ley del IRPF y la Ley General Tributaria, es necesario valorar cada situación particular para asegurar que el coste reflejado en la declaración sea el que la normativa exige.

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos se pueden incluir en el valor de adquisición?
Se pueden incluir los gastos e inversiones inherentes que formen parte del coste de adquisición.
¿Quién decide si una prueba es válida para acreditar el coste?
La valoración de las pruebas corresponde a los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria.
Consulta vinculante oficial V2571-25
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