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V5250-26 ·23 de julio de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Es posible deducir el IVA de bienes y servicios destinados a la organización de torneos deportivos si la actividad es sujeta y no exenta

Una entidad deportiva pregunta si puede deducir el IVA de los gastos de una nueva actividad de organización de torneos. La DGT responde que la venta de entradas es una actividad sujeta y no exenta, lo que genera derecho a deducción según el régimen de prorrata o sectores diferenciados que corresponda.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-07-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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