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V5060-26 ·23 de junio de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La entrega de bienes a un cliente nacional para su posterior exportación está sujeta a IVA si el vendedor no figura como exportador

Una empresa consulta si la entrega de mercancía a un cliente en España que luego exportará está exenta de IVA y si cambia el tratamiento si se realiza en una zona franca. La DGT responde que la entrega está sujeta a IVA si el vendedor no figura como exportador en el DUA, aunque la operación podría estar exenta si los bienes se vinculan al régimen de zona franca.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-06-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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