Ir al contenido
V4712-16 ·8 de noviembre de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Las federaciones deportivas pueden aplicar la exención de IVA si los servicios se prestan a deportistas, aunque se facture a otra entidad

Una federación deportiva consulta si sus servicios deportivos están exentos de IVA cuando factura a una entidad que no es un club o entidad deportiva. La DGT responde que la exención es aplicable siempre que los servicios se presten directamente a personas físicas que practiquen deporte o educación física.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-11-08PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto