Ir al contenido
V4175-16 ·30 de septiembre de 2016 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Las cuotas de asociados para fines colectivos están exentas de IVA, pero los servicios con precio independiente no

Una asociación consultó si las cuotas cobradas a sus empresas asociadas estaban exentas de IVA según el artículo 20.Uno.12º de la Ley 37/1992. La DGT responde que las cuotas que cubran servicios en interés colectivo están exentas, pero no lo están los servicios facturados con un precio independiente para satisfacer intereses particulares de los miembros.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2016-09-30PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto