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V3512-20 ·9 de diciembre de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se debe tributar por el pleno dominio si el usufructuario tiene facultad de disponer de los bienes

Un consultante recibió el usufructo de una cuota hereditaria con facultad para disponer de los bienes de forma onerosa. La DGT responde que, al tener dicha facultad, el impuesto se liquida por el pleno dominio.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-12-09PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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