Ir al contenido
V3322-15 ·28 de octubre de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
FISCAL

Posibilidad de acogimiento al régimen especial de aportaciones no dinerarias bajo el cumplimiento de requisitos legales y existencia de motivos económicos válidos

Un matrimonio consulta si la aportación de participaciones de dos entidades residentes en España a una nueva sociedad puede acogerse al régimen especial de la LIS. La DGT responde que es posible siempre que se cumplan los requisitos de participación y temporalidad, y que los motivos de racionalización de gestión y relevo generacional son económicamente válidos.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-10-28PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto