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V2885-18 ·7 de noviembre de 2018 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Si la cesión de crédito es anterior a la notificación del embargo, el pago debe realizarse al nuevo acreedor, con obligación de informar a la Administración

El consultante pregunta si debe pagar un crédito a la Agencia Tributaria por un embargo o a una entidad financiera por una cesión previa. La DGT responde que si la cesión es anterior al embargo, el deudor ya no es el acreedor original y el pago debe hacerse al cesionario, aunque tiene la obligación de informar a la Administración sobre dicha cesión.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2018-11-07PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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