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V2321-23 ·10 de agosto de 2023 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los servicios religiosos no están sujetos al IVA ni obligan a emitir factura si se realizan al margen de una actividad empresarial

Una empresa de servicios funerarios pregunta si el servicio religioso de un sepelio está sujeto al IVA y si debe emitir factura. La DGT responde que, si el servicio se presta al margen de una actividad empresarial o profesional, no está sujeto al impuesto ni existe obligación de expedir factura.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2023-08-10PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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