La renuncia pura y simple a un seguro de vida no constituye donación y traslada el hecho imponible al siguiente beneficiario
Ficha tecnica
Resumen
Se consulta si la renuncia de la madre a la prestación de un seguro de vida tras el fallecimiento del asegurado supone una donación. La DGT responde que si la renuncia es pura, simple y gratuita, no hay percepción de la prestación y, por tanto, no hay hecho imponible para quien renuncia.
En 6 claves
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.