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V2203-24 ·14 de octubre de 2024 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La transmisión de una tienda de óptica reubicada en otro local sin cesión de uso del inmueble original está sujeta a IVA

La consulta pregunta si la no sujeción al IVA por transmisión de unidad económica aplica cuando se reubica una óptica en un nuevo local sin transmitir el inmueble original. La DGT responde que, al no haber cesión del local donde se desarrollaba la actividad, los elementos transmitidos no constituyen una unidad económica autónoma.

En 5 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2024-10-14PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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