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V1897-17 ·18 de julio de 2017 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La paralización transitoria de la actividad de promoción inmobiliaria no supone su cese para el IRPF

Un contribuyente consultó si el cese de su actividad de promoción inmobiliaria era efectivo tras darse de baja, manteniendo existencias para vender en el año siguiente. La DGT responde que si no hay un cese real sino una paralización transitoria, los inmuebles siguen siendo existencias afectas a la actividad económica.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2017-07-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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