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V1877-24 ·8 de agosto de 2024 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El autónomo que imparte clases particulares de audición y lenguaje exentas de IVA no puede deducir ni recuperar el IVA soportado en la compra de un vehículo

Un autónomo que imparte clases particulares de audición y lenguaje a domicilio consulta si puede deducir el IVA soportado en la adquisición de un vehículo para desplazarse. La DGT concluye que la actividad está exenta de IVA conforme al artículo 20.1.10º de la Ley 37/1992, ya que las clases son impartidas por persona física sobre materias incluidas en los planes de estudio y el consultante está en un epígrafe de la Sección Segunda del IAE. Al no generarse derecho a deducción, el IVA soportado en el vehículo no es deducible ni reembolsable.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2024-08-08PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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