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MEDIO
FISCAL

La devolución de fondos depositados para el pago de suplidos no constituye rendimiento de actividad económica

V1856-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V1856-25
Publicacion
14 oct 2025

Resumen

Un abogado pregunta si la restitución de un depósito realizado por un cliente para cubrir gastos de un pleito tiene efectos en su IRPF. La DGT responde que, si los fondos son para suplidos, no son rendimientos de la actividad.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-10-14PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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