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V1831-14 ·10 de julio de 2014 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se puede aplicar el régimen especial de entidades navieras en buques de remolque si los ingresos por actividades en puerto son inferiores al 50%

Una entidad consultó si debía regularizar su situación fiscal respecto a dos buques de remolque bajo el régimen especial de entidades navieras. La DGT determina que, al asimilar el tiempo de espera en puerto a actividad de transporte marítimo, se cumple el requisito de que los ingresos en puerto no superen el 50%.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2014-07-10PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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