Ir al contenido
V1679-21 ·31 de mayo de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fusión por absorción puede acogerse al régimen especial si cumple la normativa mercantil y tiene motivos económicos válidos

Una sociedad cabecera de un grupo fiscal consulta si su proyecto de fusión por absorción de tres entidades puede aplicar el régimen especial de fusiones. La DGT indica que para ello debe cumplir la Ley de modificaciones estructurales y el artículo 76.1 de la LIS, además de no tener como fin principal el fraude o la ventaja fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-05-31PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto