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V1555-15 ·25 de mayo de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La quita de deuda no tributa por ITP y AJD, mientras que la cancelación parcial de hipoteca está exenta

Una empresa promotora consulta si la condonación de parte de una deuda y la posterior cancelación parcial de la hipoteca están exentas de ITP y AJD. La DGT determina que la quita no está sujeta a tributación y que la cancelación de la hipoteca, aunque sujeta, cuenta con una exención específica.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-05-25PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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