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V1509-22 ·23 de junio de 2022 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La consolidación del pleno dominio por extinción de usufructo no está sujeta al IIVTNU

El consultante pregunta si la consolidación de la nuda propiedad en pleno dominio, tras el fallecimiento del usufructuario, genera el hecho imponible del IIVTNU. La DGT responde que la extinción del usufructo no es una transmisión ni una constitución de derecho real, por lo que no hay devengo del impuesto.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2022-06-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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