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V1470-24 ·18 de junio de 2024 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Las obligaciones convertibles se consideran pasivo a efectos fiscales y sus gastos de emisión son deducibles mediante amortización

Una empresa consulta el tratamiento fiscal de las obligaciones convertibles, especialmente sobre la deducibilidad de sus gastos de emisión y el tratamiento de su reembolso o recompra. La DGT determina que, por su naturaleza mercantil, estas obligaciones son instrumentos de pasivo y no de patrimonio.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2024-06-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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