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MEDIO
FISCAL

Es posible la deducción total del IVA si las entidades prestadoras de transporte escolar subvencionado realizan exclusivamente otras operaciones sujetas y no exentas

V1414-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V1414-25
Publicacion
24 jul 2025

Resumen

Se consulta si las empresas que prestan transporte escolar subvencionado (no sujeto a IVA) y también servicios de transporte a terceros (sujetos y no exentos) pueden deducirse todo el IVA soportado. La DGT responde que, si solo realizan operaciones sujetas y no exentas, tienen derecho a la deducción total.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-07-24PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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