Ir al contenido
V1412-21 ·14 de mayo de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los servicios de mediación en nombre ajeno para empresas de la UE no están sujetos al IVA si el destinatario es empresario

Una empresa presta servicios de coordinación y mediación (alojamiento, transporte, ocio) para empresas de la UE que envían alumnos a España. La DGT determina que si actúa en nombre ajeno, el servicio no está sujeto al IVA; si actúa en nombre propio, podría aplicarse el régimen especial de agencias de viajes.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-05-14PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto