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MEDIO
FISCAL

Imposibilidad de aplicar la deducción por vehículo eléctrico si el vehículo ya ha sido matriculado previamente en España

V1054-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (que es?)
Identificador
V1054-25
Publicacion
25 jun 2025

Resumen

Un contribuyente pregunta si puede aplicar la deducción por la compra de un vehículo híbrido enchufable matriculado a su nombre en 2024, pero que el concesionario ya había matriculado en España en 2023. La DGT responde que no es posible aplicar la deducción.

En 6 claves

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-06-25PublicacionPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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