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V0897-26 ·23 de abril de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La fecha de expedición de la factura es la de su emisión real y el plazo de emisión puede extenderse hasta el día 15 del mes siguiente

El consultante pregunta si puede usar una fecha de factura anterior a la de emisión real y cuál es el plazo para facturar. La DGT responde que la fecha de expedición es la del momento en que se emite y que, si el cliente es empresario, la factura puede emitirse hasta el día 15 del mes siguiente al devengo.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-04-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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