Ir al contenido
V0873-22 ·22 de abril de 2022 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Se permite el diferimiento fiscal de la liquidación de una SICAV aunque parte de la cuota sea un crédito fiscal

Una asociación consultó si la imposibilidad de reinvertir derechos de crédito frente a la Administración en el plazo legal impedía aplicar el régimen de diferimiento de las SICAV. La DGT responde que sí se puede aplicar el régimen siempre que el resto de la cuota se reinvierta en plazo y el crédito se reinvierta tras su cobro.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2022-04-22PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto