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V0762-15 ·9 de marzo de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los créditos incobrables con entidades vinculadas solo son deducibles si el deudor está en fase de liquidación concursal

Una empresa consultó si podía deducir fiscalmente los créditos comerciales que su filial colombiana no podía pagar. La DGT responde que, al ser entidades vinculadas, la deducción solo es posible si el deudor está en situación de concurso con apertura de fase de liquidación judicial.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-03-09PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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