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V0489-21 ·4 de marzo de 2021 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los servicios de asesoramiento jurídico a particulares fuera de la UE, Canarias, Ceuta y Melilla no están sujetos al IVA

Se consulta si los servicios de asesoramiento jurídico prestados a un particular residente en un tercer territorio están sujetos al IVA y si hay obligación de facturar. La DGT responde que no están sujetos al impuesto y que, aun así, existe la obligación de expedir factura.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2021-03-04PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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