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V0436-22 ·7 de marzo de 2022 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La baja de un crédito incobrable contra una entidad vinculada es deducible si el deudor está en concurso y se abre la fase de liquidación

Una empresa consultó si podía deducir la pérdida de un crédito dado de baja contablemente contra una entidad vinculada. La DGT responde que, aunque el deterioro no es deducible si la entidad vinculada no está en concurso, la baja definitiva del crédito sí lo es si se produce la situación de concurso y la apertura de la fase de liquidación.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2022-03-07PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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