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V0407-26 ·26 de febrero de 2026 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Las centrales de bombeo reversible tributan en el epígrafe 151.1 con una reducción del 50% en la cuota

Una empresa consulta cómo clasificar y repartir la cuota del IAE de una central de bombeo reversible que usa energía solar y de red. La DGT determina que la actividad de bombeo se clasifica en el epígrafe 151.1 y la solar en el 151.4, tributando cada una en el municipio donde se desarrolle.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-02-26PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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