Ir al contenido
V0368-14 ·13 de febrero de 2014 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El tratamiento fiscal de la conversión de deuda subordinada depende de si el laudo arbitral es estimatorio o no

El consultante pregunta por el tratamiento fiscal de la conversión de obligaciones subordinadas en acciones y el efecto de un posible laudo arbitral. La DGT responde que, si el laudo es desestimatorio, se genera un rendimiento del capital mobiliario por la recompra y una ganancia o pérdida patrimonial por las acciones; si es estimatorio, se genera un rendimiento del capital mobiliario por la diferencia entre la cantidad a restituir y el valor de suscripción original.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2014-02-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto