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V0303-20 ·10 de febrero de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

El gasto de dinero para necesidades vitales no se considera disposición de bienes en el patrimonio protegido

Se consulta si el uso de dinero del patrimonio protegido para pagar cuotas de un centro de atención a una persona con discapacidad se considera un acto de disposición. La DGT responde que el gasto de dinero y consumo de bienes fungibles para atender necesidades vitales no debe considerarse disposición de bienes a efectos del mantenimiento del beneficio fiscal.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-02-10PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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