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V0204-15 ·20 de enero de 2015 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Obligación de declarar en el modelo 347 si no es posible incluir las operaciones en el modelo 349 por falta de NIF-IVA

Un empresario español pregunta si debe declarar en el modelo 347 las operaciones con un prestador francés que no tiene NIF-IVA y, por tanto, no puede figurar en el modelo 349. La DGT responde que, si no se puede cumplir la obligación de informar en el modelo 349 por causas ajenas a la voluntad del declarante, la información debe incluirse en el modelo 347.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2015-01-20PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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