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V0023-18 ·10 de enero de 2018 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

Los servicios funerarios para repatriar a un tripulante no se consideran necesidades directas del buque y están sujetos a IVA

Una empresa de servicios funerarios consultó si la gestión para repatriar el cuerpo de un tripulante fallecido de un buque internacional se consideraba un servicio para atender necesidades directas del buque exento de IVA. La DGT respondió que el servicio funerario no constituye una necesidad directa del buque y, por tanto, está sujeto al impuesto.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2018-01-10PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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