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V0022-20 ·9 de enero de 2020 ·consulta-vinculante Impacto medio
Fiscal

La entrega de bienes no está sujeta al IVA en España si la mercancía se envía desde el extranjero sin pasar por el territorio nacional

Una empresa española vende mercancía a un cliente español, pero el producto se envía directamente desde Italia hacia un tercer país fuera de la Unión Europea. La DGT responde que esta operación no está sujeta al IVA español porque la mercancía no se pone a disposición en España ni el transporte se inicia en territorio nacional.

En 6 claves

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2020-01-09PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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