Las empresas con más de 10 trabajadores deben adaptar su registro de jornada en 3 meses o enfrentar multas de hasta 7.500 EUR/trabajador
Ficha tecnica
Resumen
La Ley 4/2026 modifica el artículo 23 de la Ley 2/2017, obligando a empresas con más de 10 trabajadores a actualizar su registro de jornada en formato electrónico. Este cambio busca mejorar la transparencia y control del tiempo laboral, y se aplica desde el 7 de abril de 2027 (art. 23, disposición final 1). Las multas por incumplimiento pueden alcanzar hasta 7.500 EUR por trabajador.
En 2 claves
- Empresas con más de 10 trabajadores deben adaptar su registro de jornada en 3 meses (art. 23, disposición final 1)
- Multas de hasta 7.500 EUR por trabajador por incumplimiento (art. 23, disposición final 1)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con más de 10 trabajadores
- Independientemente del sector
art. 23, disposición final 1
Aplica a este perfil
- Autónomos con trabajadores a cargo
Aplica a este perfil
- Empresas con más de 10 trabajadores
art. 23, disposición final 1
Como afecta a los implicados
Las empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar su sistema de registro de jornada en formato electrónico. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más transparente. Los asesores y gestoras deben revisar sus procedimientos para asegurar el cumplimiento del nuevo registro. Las empresas que no actúen dentro del plazo corren el riesgo de multas por incumplimiento.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el registro de jornada a formato electrónico | art. 23 | 3 meses desde el 7 de abril de 2027 |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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